A día de hoy, son millones las personas en nuestro país que viven de alquiler. También es posible que tengas un piso en propiedad arrendado a una tercera persona o familia. En cualquier caso, es obligatorio disponer de un seguro del hogar en un piso de alquiler. Pero, ¿quién debe hacer frente al mismo? Desde Consulting de Seguros nos gustaría arrojar un poco de información sobre este tema. ¿Preparados?
Lógicamente, la única duda que existe es quién debe hacer frente a la contratación de esta póliza, si tienes que ser el arrendador o el inquilino. En este sentido, hay que tener presentes algunos puntos importantes. El primero de todos es diferenciar el contenido del continente.
Una de las principales coberturas de un seguro del hogar es mantener intacta la integridad del mismo. Así, una compañía aseguradora se compromete a indemnizar o reparar en caso de incidencia o catástrofe. Así, debe ser el casero el que firme una póliza que proteja al continente o inmueble. Pero, ¿qué ocurre con el contenido?
Es muy normal que en un piso de alquiler existan cosas que sean del casero, como la cocina o una lavadora, y otras que sean del inquilino, como televisores u otros objetos personales. ¿Qué hacer en estos casos? La mejor recomendación que se puede seguir no es otra que “cada uno que mire para lo suyo”. De esta forma, y aunque no sea obligatorio, una persona que esté arrendada puede firmar un seguro del hogar en un piso de alquiler para estar protegido en caso de robos o daños a elementos de su propiedad.
Junto a la protección de la integridad del inmueble, la responsabilidad civil es otra de las grandes coberturas en este tipo de pólizas, ya que permite estar asegurado ante terceros. Es por ello que debe ser el casero el que tenga en cuenta los daños que la casa puede causar y cubrirse ante ellos, como por ejemplo humedades o goteras. Eso sí, es posible que sean los actos del inquilino los que causen esos daños. Habrá que tener precaución, ya que puede que no estén incluidas.
Los seguros del hogar para un piso de alquiler pueden ofrecer cláusulas interesantes para estos casos concretos, como por ejemplo asegurar el pago de las mensualidades o los daños vandálicos que pudieran darse en la casa. De esta forma, evitaremos sorpresas, pero también se cubrirán los posibles costes de tener que llevar a cabo reparaciones.